Sistemas de Valoración y Seguimiento . Los sistemas de valoración y seguimiento de los procesos educativos indígenas en los componentes del SEIP se podrán dar a nivel local, regional y nacional. Este proceso se realiza en coordinación con las autoridades indígenas que corresponda. TÍTULO VII DISPOSICIONES VARIAS CAPÍTULO I Sistemas de información y registro
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 90
Sistemas De Valoración Y Seguimiento
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.