Micelio

Artículo 195

Ley 85 de 1915 · Sobre régimen de las Aduanas de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde privativamente al Gobierno el régimen y la administración de las costas y puertos marítimos y secos en la frontera.

En consecuencia, es nula la imposición de contribuciones, la concesión de privilegios o monopolios, decreto, ordenanza o acuerdo que emane de corporaciones o autoridades distintas de las de la Nación, en cuanto se refieran al uso de las costas, puertos marítimos y secos de las fronteras de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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