º . Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes: 5.1 Asesorar a la Rectoría en la planeación, programación y evaluación administrativa y financiera del Instituto. 5.2 Asesorar al Rector en los aspectos jurídicos relacionados con la entidad. 5.3 Asesorar a la Rectoría en la elaboración del plan indicativo y plan de acción y proponer mecanismos para el seguimiento y evaluación de su ejecución. 5.4 Recopilar, analizar, evaluar y consolidar la información estadística sobre las actividades del Instituto. 5.5 Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer medidas preventivas y correctivas del caso. 5.6 Dirigir y coordinar la elaboración de estudios y la implementación de procesos de informática. 5.7 Organizar, programar y coordinar los procesos administrativos, proponer ajustes a la organización y elaborar y mantener actualizados los manuales de funciones y de procedimientos. 5.8 Efectuar la notificación de los actos administrativos expedidos por el representante legal del Instituto y velar por la seguridad jurídica de los mismos. 5.9 Conservar y actualizar los títulos de los bienes inmuebles propiedad del Instituto. 5.10 Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros, de administración de personal, de contratación y de servicios administrativos. 5.11 Elaborar, en coordinación con las diferentes dependencias, el ante proyecto anual de presupuesto de inversión y de funcionamiento, de acuerdo con las normas legales pertinentes. 5.12 Dirigir y controlar los procesos de las áreas de presupuesto, contabilidad y tesorería. 5.13 Dirigir la elaboración y ejecución del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y planear y dirigir la ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales, de auditoria, presupuestales y contables del Instituto. 5.14 Trazar las políticas y programas de administración, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión. 5.15 Conocer y fallar en primera y única instancia, los procesos disciplinarios que se adelanten contra funcionarios de la entidad de acuerdo con las normas legales vigentes. 5.16 Planear, administrar, coordinar los procesos de archivo y correspondencia, recursos físicos e instalaciones de la Institución y velar por su conservación y seguridad. 5.17 Elaborar y ejecutar el plan de compras del Instituto y los actos administrativos que se deriven de la contratación, revisar los pliegos de condiciones, términos de referencia y las pólizas de garantía impartiendo las aprobaciones pertinentes. 5.18 Dirigir y organizar los procesos de atención al ciudadano, quejas y reclamos. 5.19 Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 3174 de 2005 →Vigente
Artículo 5
Decreto 3174 de 2005 · por el cual se modifica la estructura del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.