Micelio

Artículo 599

Utilización De Las Marcas Colectivas

Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

UTILIZACIÓN DE LAS MARCAS COLECTIVAS. Las marcas colectivas se utilizarán en los productos o servicios como control, directamente por la persona moral o colectiva o por integrantes del gremio o asociación, bajo la vigilancia y en las condiciones determinadas en el respectivo convenio o reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 410 de 1971