Micelio

Artículo 2.8.5.2.29

Coordinación De Los Programas De Control

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación de los programas de control. Los programas de control de zoonosis que desarrollen las entidades del sector salud deberán coordinarse con los programas de sanidad animal que ejecute el Instituto Colombiano Agropecuario. (Artículo 43 del Decreto 2257 de 1986)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 780 de 2016