º Para los eventos no previstos en forma expresa en el presente Decreto, las devoluciones del Impuesto sobre las Ventas deberán sujetarse a lo señalado en el Estatuto Tributario y demás normas concordantes.
Decreto 1138 de 1994 →Vigente
Artículo 7
º Para Los Eventos No Previstos En Forma Expresa En El Presente Decreto, Las Devoluciones Del Impuesto Sobre Las Ventas Deberán Sujetarse A Lo Señalado En El Estatuto Tributario Y Demás Normas Concordantes
Decreto 1138 de 1994 · por el cual se reglamenta la Devolución del Impuesto sobre las Ventas en la zona de Frontera de los Municipios de Cúcuta, Villa del Rosario y Pamplona.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.