Micelio

Artículo 2.3.1.3.6.80.3

Consejo De La Medalla

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejo de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Administración, Planeación, Desarrollo e Incorporación del Talento Humano en la Armada Nacional” estará conformado por:

Presidente:

Comandante de la Armada Nacional o su delegado.

Vicepresidente:

Segundo Comandante Armada y Jefe de Estado Mayor Naval.

Vocales:

Jefe Jefatura de Estado Mayor Naval de Personal.

Jefe Jefatura de Desarrollo Humano Armada Nacional.

Secretario:

Director de Personal Armada Nacional.

Parágrafo

Para efectos de las funciones y atribuciones de los miembros del Consejo se aplicará lo establecido en el artículo 2.3.1.3.6.2. del presente decreto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015