Las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, fijadas de acuerdo con el grado de contenido alcohólico, son las siguientes:
De 2.5 hasta 15, el 20%
De más de 15 hasta 20, el 25%
De más de 20 hasta el 35 , el 35%
De más de 35, el 40%.
El grado de contenido alcohólico debe expresarse en el envase y estará sujeto a verificación técnica por el Ministerio de Salud, de oficio o por solicitud de los departamentos. Dicho Ministerio podrá delegar esta competencia en entidades públicas especializadas o podrá solicitar la obtención de peritazgo técnico de particulares.
IMPUESTO AL CONSUMO DE CIGARRILLOS Y TABACO ELABORADO