Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 1414 de 1984 y 2629 de 1985.
Decreto 1400 de 1987 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Decretos 1414 De 1984 Y 2629 De 1985
Decreto 1400 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 076 del 10 de abril de 1987 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional Rionegro- Nare, "Cornare", que establece la Planta de Personal de esa Corporación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.