Micelio

Artículo 3

Ley 39 de 1932 · POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DEL PRIMER ARZOBISPO DE LA REPÚBLICA, DOCTOR FERNANDO CAICEDO Y FLÓREZ

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la erección del monumento en mármol o en bronce, se constituirá una junta compuesta de un representante del Poder Ejecutivo, otro del Ilustrísimo señor Arzobispo Primado y otro de la Academia Colombiana de Historia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 39 de 1932