Micelio

Artículo 25

Decreto 18700819 de 1870 · Por el cual se reorganiza la Secretaría del Tesoro i Crédito Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 25. Las horas de trabajo diario en la Secretaría serán de las 10 de la mañana a las 3 de la tarde; salvo el caso en que por exijirlo asi el buen servicio, sea necesario prolongarlas, pues entónces serán las precisas para dar evasion a los asuntos que motiven la prolongacion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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