Micelio

Artículo 1

Las Cuentas De Cablegramas Y Radiogramas Oficiales Remitidos Desde El 1° De Enero Del Presente Año En Adelante Por La Presidencia De La República, Los Ministerios, La Contraloría General De La República Y La Tesorería General De La República Serán Presentadas Al Ministerio De Correos Y Telégrafos Y Pagadas Por Este Despacho Ejecutivo

Decreto 903 de 1931 · Por el cual se centraliza el pago de cablegramas y radiogramas oficiales en el Ministerio de Correos y Telégrafos y se traslada una partida

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las cuentas de cablegramas y radiogramas oficiales remitidos desde el 1° de enero del presente año en adelante por la Presidencia de la República, los Ministerios, la Contraloría General de la República y la Tesorería General de la República serán presentadas al Ministerio de Correos y Telégrafos y pagadas por este Despacho Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 903 de 1931