Si el número de edificaciones de alguna importancia lo justifica, el Gobierno podrá contratar con alguna casa constructora competente la construcción de las obras. En los contratos que se celebren se tendrán en cuenta las rebajas en los derechos de aduana y en el transporte en el Ferrocarril de Nariño, para los elementos destinados a las construcciones.
Decreto 262 de 1937 →Vigente
Artículo 21
Si El Número De Edificaciones De Alguna Importancia Lo Justifica, El Gobierno Podrá Contratar Con Alguna Casa Constructora Competente La Construcción De Las Obras
Decreto 262 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 115 de 1986, que provee a la reconstrucción de la ciudad de Túquerres, y se auxilian los damnificados por los siniestros sísmicos en el Departamento de Nariño
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.