Micelio

Artículo 4

Ley 3 de 1886 · por la cual se adopta transitoriamente el presupuesto de rentas y gastos nacionales liquidado por el decreto número 547 de 17 de agosto de 1885

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4° Para atender al servicio en los Departamentos del Presupuesto que transitoriamente han quedado suprimidos, así como en el caso de deficiencia de los créditos abiertos por el decreto de que trata el artículo 1° de la presente ley, el Gobierno abrirá los necesarios, cuando lo estime conveniente, teniendo en cuenta los recursos de que pueda disponer.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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