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Artículo 2.1.2.8.6

Coordinación Metodológica Para Los Procesos De Depuración Normativa

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación metodológica para los procesos de depuración normativa. El Ministerio de Justicia y del Derecho, a través de la Dirección de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jurídico, es el responsable de coordinar y apoyar metodológicamente a los sectores, entidades y autoridades de la Rama Ejecutiva del orden nacional en la aplicación de los lineamientos para el desarrollo de los procesos de depuración normativa que desarrollen. También lo hará cuando lo soliciten las entidades administrativas del nivel territorial.

La coordinación de los procesos de depuración normativa debe orientarse a derogar expresamente la normativa que se identifica como depurable a partir de los criterios definidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho, fortaleciendo la posibilidad de que todas las personas, comunidades y territorios puedan conocer cuál es la normativa vigente que rigen la actividad del Estado, los particulares y la vida pacífica en sociedad en condiciones dignas y justas.

La función de coordinación metodológica se desarrollará sin perjuicio de las competencias, funciones y responsabilidades de producción normativa de los distintos sectores, entidades y autoridades.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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