De la solicitud de personería jurídica. Para efectos del artículo 21, numeral 8, de la Ley 7 de 1979, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es la entidad encargada de reconocer personería jurídica y la licencia a las instituciones que prestan servicios del SNBF, previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios para tal fin.
(Decreto 2388 de 1979, artículo 115)