º. A partir del 1º de enero de 1995, la asignación básica mensual para los empleos del personal docente del nivel universitario de la Universidad Pedagógica Nacional, según categorías del escalafón, será la siguiente: CATEGORIA BASICA UNIDADES DE ASCENSO BASICAS POR CATEGORIA ASIGNACION MENSUAL Profesor Auxiliar 214 $395.926 Profesor Asistente 314 528.726 Profesor Asociado 434 688.086 Profesor Titular 594 900.566
En la escala a que se refiere el presente artículo, la primera columna indica las categorías del escalafón docente; la segunda señala el número de unidades de ascenso correspondiente a éstas; y la tercera la asignación básica mensual, que se obtiene partiendo de la suma de trescientos noventa y cinco mil novecientos veintiséis pesos ($395.926) moneda corriente, para todas las categorías, más el resultado del producto entre las unidades de ascenso acreditadas por encima de 214 y el valor vigente para cada unidad de ascenso.
A partir del 1º de enero de 1995, el valor de cada unidad de ascenso, obtenida por encima de la base de 214, será de un mil trescientos veintiocho pesos ($1.328.oo) moneda corriente.
La asignación básica mensual para los profesores que tengan una dedicación de cuarenta y ocho (48) horas semanales, será la que corresponda a su respectivo grado en el Escalafón Nacional Docente, más un veinte por ciento (20%) de dicha asignación.