Micelio

Artículo 11

La Unidad Administrativa Especial Del Servicio Nacional De Pruebas Del Icfes

Decreto 1196 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 20 del Decreto-ley 81 de 1980.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Unidad Administrativa Especial del Servicio Nacional de Pruebas del Icfes. determinará la forma y los procedimientos como deben cumplirse los requisitos y no citará a Examen a los aspirantes que no hayan cumplido la totalidad de los requisitos establecidos. Estos aspirantes podrán subsanar el error y presentarse a Examen en la fecha siguiente que haya programado el Icfes para lo cual se les devolverán por correo durante la semana siguiente a la realización de los Exámenes, los documentos que enviaron y el recibo de consignación correspondiente al valor que pagaron por concepto de derechos de examen con el fin de que lo utilicen en la siguiente oportunidad. Si la tarifa por concepto de derechos de examen se ha incrementado deberán consignar el excedente.

Parágrafo

En caso de que el aspirante a validar no cumpla con los requisitos y por este hecho no sea citado a presentar los Exámenes, o cuando habiendo sido citado, por cualquier razón no presente los Exámenes, no habrá lugar a devolución del dinero en efectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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