Micelio

Artículo 1

Decreto 521 de 1982 · Por el cual se reglamenta la Ley 21 de 1979 que establece unas categorías en los Agentes de la Policía Nacional, crea una bonificación y dicta otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Ingreso de agentes al cuerpo profesional especial . Los Agentes profesionales de la Policía Nacional que aspiren a ingresar al cuerpo profesional especial, además de las condiciones exigidas en el artículo 2º de la Ley 21 de ' 1979, deberán reunir los siguientes requisitos

a)

Solicitud de ingreso al cuerpo profesional especial dirigida al Director General de la Policía Nacional, por conducto del comandante, director o jefe policial, respectivo;

b)

Acreditar aptitud sicofísica por la sanidad de la Policía Nacional;

c)

Haber observado buena conducta durante su carrera y no registrar sanción de arresto severo los tres (3) últimos años, y

d)

Ser seleccionado y propuesto por la Junta Clasificadora de agentes de la Policía Nacional a la Dirección General de la Policía Nacional para su nombramiento

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 521 de 1982