º . Ingreso de agentes al cuerpo profesional especial . Los Agentes profesionales de la Policía Nacional que aspiren a ingresar al cuerpo profesional especial, además de las condiciones exigidas en el artículo 2º de la Ley 21 de ' 1979, deberán reunir los siguientes requisitos
Solicitud de ingreso al cuerpo profesional especial dirigida al Director General de la Policía Nacional, por conducto del comandante, director o jefe policial, respectivo;
Acreditar aptitud sicofísica por la sanidad de la Policía Nacional;
Haber observado buena conducta durante su carrera y no registrar sanción de arresto severo los tres (3) últimos años, y
Ser seleccionado y propuesto por la Junta Clasificadora de agentes de la Policía Nacional a la Dirección General de la Policía Nacional para su nombramiento