Micelio

Artículo 2

Area

Decreto 2062 de 2004 · por el cual se otorga la calidad de Zona Franca Turística a los muelles turísticos y marinas deportivas y los terminales de cruceros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Area. El área mínima prevista en el artículo 66 del Decreto 2131 de 1991 para las Zonas Francas Turísticas, no será aplicable a aquellas en las que se desarrolle la operación de muelles turísticos y marinas deportivas o terminales de cruceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2062 de 2004