º Son miembros de las Bolsas de Productos Agropecuarios las personas naturales o jurídicas que han sido aceptadas por la respectiva Bolsa de Productos Agropecuarios y aprobadas por la Superintendencia de Sociedades, momento a partir del cual adquieren la capacidad para realizar negocios en la Rueda y registrar las operaciones acordadas por fuera de ella.
Decreto 2000 de 1991 →Vigente
Artículo 5
Son Miembros De Las Bolsas De Productos Agropecuarios Las Personas Naturales O Jurídicas Que Han Sido Aceptadas Por La Respectiva Bolsa De Productos Agropecuarios Y Aprobadas Por La Superintendencia De Sociedades, Momento A Partir Del Cual Adquieren La Capacidad Para Realizar Negocios En La Rueda Y Registrar Las Operaciones Acordadas Por Fuera De Ella
Decreto 2000 de 1991 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de las Bolsas de Productos Agropecuarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.