°. Concédese á cada una de las señoras doña Rosa Azuero, viuda del señor General Dimas Atuesta, doña Carmen Franco, viuda del señor don Antonio María Silvestre, doña Delfina Arango, viuda del señor General José María Vega, una pensión de treinta pesos ($30) mensuales.
Decreto 20 de 1906 →Vigente
Artículo 3
Concédese Á Cada Una De Las Señoras Doña Rosa Azuero, Viuda Del Señor General Dimas Atuesta, Doña Carmen Franco, Viuda Del Señor Don Antonio María Silvestre, Doña Delfina Arango, Viuda Del Señor General José María Vega, Una Pensión De Treinta Pesos ($30) Mensuales
Decreto 20 de 1906 · Por el cual se conceden unas pensiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.