El presidente de la corrida será asistido por el inspector de plaza, nombrado por el Alcalde de la localidad, quien transmitirá sus órdenes y exigirá su puntual cumplimiento y a cuyo cargo quedará el control y vigilancia inmediatos de la observancia de lo perpetuado en este reglamento.
El inspector de plaza estará auxiliado por la fuerza pública y cuerpos de seguridad que garanticen el control permanente de las medidas adoptadas.
El Inspector de plaza estará bajo las inmediatas órdenes del presidente de la corrida y sus funciones serán:
Controlar el acceso al callejón de todas las personas que, por razón de sus funciones, deben permanecer en dicha dependencia, de acuerdo con el aforo hecho previamente;
En coordinación con el oficial de policía encargado de la vigilancia del callejón, hará que todas las personas allí presentes (fotógrafos, periodistas, locutores), ayudas y en general quienes tengan derecho a permanecer en el callejón, permanezcan en su respectivo sitio y, en general, velar por la estricta organización de esta dependencia, siendo atribución suya hacer retirar por las fuerzas de policía a quienes no deben permanecer allí y no infringir el reglamento;
Coordinar el pesaje y reconocimiento de las reses a lidiar.