Micelio

Artículo 9

El Comité Nacional Interinstitucional Estará Conformado Por Un Representante De Cada Una De Las Siguientes Entidades: 1

Decreto 562 de 1990 · por el cual se establecen mecanismos para asegurar el pago de los aportes para la Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Comité Nacional Interinstitucional estará conformado por un representante de cada una de las siguientes entidades

1.

El Instituto de Seguros Sociales.

2.

El Servicio Nacional de Aprendizaje.

3.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

4.

Las Cajas de Compensación Familiar.

5.

La Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero.

6.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección de Impuestos Nacionales.

7.

La Superintendencia del Subsidio Familiar.

Parágrafo

Los miembros del Comité Nacional Interinstitucional serán designados por los representantes legales de las respectivas entidades y tendrán un período de un (1) año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 562 de 1990