Micelio

Artículo 3

Modificación

Decreto 1487 de 2018 · por el cual se modifican los artículos 2.4.1.2.6. y 2.4.1.2.7. del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, para la protección de los servidores públicos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. MODIFICACIÓN. Modificar el numeral 10 del artículo 2.4.1.2.7 del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así: “ Artículo 2.4.1.2.7. Protección de personas en virtud del cargo . Son personas objeto de protección en virtud del cargo: (...) 10 . Magistrados de la Corte Constitucional; Corte Suprema de Justicia; Consejo de Estado; Consejo Superior de la Judicatura; Magistrados del Tribunal para la Paz; las Comisionadas y los Comisionados de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; el Director de la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP; y el/la director/a de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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