Artículo primero. Destínase, por una sola vez, la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00) moneda corriente, para auxiliar al Colegio "Carlos Giraldo Urdaneta" que funciona en Tocaima, Cundinamarca.
Decreto 1352 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1614 De 1953
Decreto 1352 de 1953 · Por el cual se concede un auxilio y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.