°. Porcentaje de contraprestación destinado al funcionamiento de la Agencia Nacional de Infraestructura . De conformidad con lo señalado en el artículo 287 de la Ley 2294 de 2023, se destinarán al funcionamiento de la Agencia Nacional de Infraestructura los siguientes porcentajes de recursos: Se destinará el 15% de los recursos percibidos por concepto de contraprestación por el uso de la infraestructura férrea. Se destinará el 15% de los recursos percibidos por concepto de contraprestación por el uso de la infraestructura fluvial. Por concepto de las concesiones existentes y futuras del modo aéreo se destinará el 5% de los recursos. Por concepto de las concesiones existentes y futuras del modo portuario se destinará el 5% de los recursos.
Decreto 8 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Porcentaje De Contraprestación Destinado Al Funcionamiento De La Agencia Nacional De Infraestructura
Decreto 8 de 2024 · por el cual se modifica el artículo 5 del Decreto número 4165 de 2011 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.