Micelio

Artículo 8

Auxilio De Transporte

Decreto 304 de 2026 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxilio de transporte. Los servidores públicos a los que les aplica el presente capítulo que perciban una remuneración mensual hasta de dos millones seiscientos noventa y un mil seiscientos sesenta y cuatro pesos ($2.691.664) m/cte., tendrán derecho a un auxilio de transporte en la cuantía que establezca el gobierno para los trabajadores particulares, empleados y trabajadores del Estado.

No se tendrá derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre este servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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