Notificaciones en el proceso verbal abreviado. Cuando se tomen decisiones de cualquier naturaleza dentro del proceso verbal abreviado de policía, en primera o segunda instancia diferentes a las realizadas en estrados en audiencia, se realizará la notificación mediante el envío de mensaje de datos a la dirección electrónica que suministre el interesado que así lo haya autorizado, sin necesidad del envío de previa citación o aviso físico o virtual. Igualmente, se entenderán notificadas las decisiones con el envío de comunicación escrita por correo certificado a la dirección que se haya suministrado, o de acuerdo con las circunstancias por el medio más expedito o idóneo.
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