Decreto 107 de 1989 · Por el cual se reglamentan los Comités DRI.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
En los nuevos municipios DRI, el Comité se instalara con la participación de la administración municipal y con representantes de organizaciones de la comunidad municipal, que tengan influencia en las zonas rurales. Se tendrá un plazo máximo de un año para constituir los Comités DRI veredales y estructurar en forma definitiva el Comité DRI Municipal.
Parágrafo
Los representantes de las entidades ejecutoras de los programas DRI, deberán asistir y tendrán voz pero no voto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.