Micelio

Artículo 12

Aplicación De Los Métodos 2 Y 3

Decreto 2615 de 1993 · por el cual se establecen disposiciones para la aplicación de las normas sobre valoración aduanera del valor del GATT y de la Decisión 326 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación de los Métodos 2 y 3. Para la valoración aduanera con aplicación de los métodos 2 y 3 se deben tomar en consideración valores de transacción de mercancías idénticas o similares previamente aceptados de conformidad con el Método 1. Y verificados por la Administración. Para la aplicación de los métodos 2 y 3 se tendrá en cuenta lo siguiente: Comparación. Para la comparación que se efectúe con base en los métodos 2 y 3 se tendrá en cuenta lo siguiente

a)

Las características físicas, calidad y prestigio comercial de las mercancías a comparar.

b)

Que las mercancías a comparar hayan sido exportadas en el mismo momento o en un momento aproximado que las mercancías objeto de valoración.

c)

Que las mercancías idénticas o similares sean vendidas al mismo nivel comercial que las mercancías objeto de valoración o con los ajustes previstos en las Notas Interpretativas de los artículos 2° y 3° del Acuerdo.

d)

Que la diferencia en cantidad respecto de las mercancías objeto de valoración no sea superior a un 10%.

e)

Podrán efectuarse ajustes por las diferencias que puedan existir entre los gastos de transporte y seguro de las mercancías importadas y las idénticas o similares que se ocasionen por las diversas distancias y formas de transporte de las mismas.

f)

Cuando se disponga de más de un valor de transacción aceptable de mercancía idéntica o similar, se considerará como Valor en Aduana de las mercancías que se valoran el más bajo de aquéllos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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