Micelio

Artículo 2

Decreto 2655 de 1999 · por el cual se determinan los porcentajes de incremento de los avaluos catastrales para el año 2000

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los avalúos catastrales de los predios urbanos formados con anterioridad a 1999 no tendrán reajuste para el año 2000. Sin embargo, las autoridades locales podrán determinar, con base en estudios que muestren que el precio de la vivienda en su jurisdicción ha aumentado, un porcentaje de reajuste mayor, siempre y cuando no supere el diez por ciento (10%). Los estudios mencionados deberán ser enviados para su aprobación a la Unidad de Planeación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2655 de 1999