Micelio

Artículo 36

De Las Horas Extras Nocturnas

Decreto 720 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de clasificación y nomenclatura de los empleos de la Contraloría General de la República, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LAS HORAS EXTRAS NOCTURNAS . Siempre que el tiempo laborado en horas extras correspondiere a actividades que hayan de cumplirse entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, el trabajo suplementario se liquidará con un recargo del setenta y cinco por ciento sobre la asignación básica mensual. En los demás aspectos, el servicio prestado en horas extras nocturnas se regirá de acuerdo con las disposiciones del artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 720 de 1978