El Instituto de Fomento Industrial, con base con las recomendaciones que le formule el Instituto de Investigaciones Tecnológicas, promoverá la constitución de empresas cuyo objetivo social sea el aprovechamiento industrial de la guayaba, mediante la elaboración de conservas, jugos, bocadillos y cualesquiera otros productos. Dichas empresa estarán localizadas, preferencialmente en los Municipios ubicados en las zonas a que se refiere el artículo 1º de esta Ley.
Ley 165 de 1961 →Vigente
Artículo 8
Ley 165 de 1961 · por la cual se fomenta el cultivo de la guayaba y su industrialización.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.