ARTICULO 9o. A partir del 1o. de enero de 1993, la remuneración mensual de los empleos de Director General de la Escuela Judicial Código 0048 y Director Nacional de Estupefacientes, por concepto de asignación básica será de CUATROCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS ($407.790.00) moneda corriente y por concepto de gastos de representación la suma de SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS ($724.960.00) moneda corriente.
Decreto 11 de 1993 →Vigente
Artículo 9
O
Decreto 11 de 1993 · por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales el orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.