Revístese al señor Presidente de la república de facultades extraordinarias por el Ministerio de Guerra, el ejército y la armada, en la forma que juzgue conveniente para el reajuste de todas sus dependencias a las necesidades de la paz; para suprimir empleo y crearlos y señalar las correspondientes funciones y asignaciones, dentro de los recursos disponibles.
Facultase igualmente, para enviar al exterior comisiones de estudio sobre las diversas especialidades del Ejército y la Armada.
Los contratos que celebre el Gobierno de compra de terrenos para la Base Aérea de Bucaramanga, no necesitan de la revisión del Consejo de Estado.