Micelio

Artículo 2

Decreto 1070 de 1967 · Por el cual se reglamenta la adjudicación de becas con cargo al Tesoro Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El aspirante a beca deberá acreditar los siguientes requisitos

a)

Ser Colombiano;

b)

Poseer los conocimientos previos exigidos por las disposiciones oficiales para ingresar al establecimiento y curso respectivo;

c)

Ser apto para vivir en comunidad;

d)

Haber observado buena conducta escolar y social, y

e)

Carecer, tanto el aspirante como su familia, de los recursos económicos para atender a los gastos de su educación, lo cual se comprobara con la copia de la última declaración de renta de los padres, debidamente autenticada, o con el certificado de la Administración de Hacienda en que conste que no son contribuyentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 1967