Artículo único. Apruébase en todas sus partes la Convención que se incorpora en la presente Ley.
Ley 66 de 1888 →Vigente
Artículo 1
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 25 De Mayo De 1888
Ley 66 de 1888 · aprobatoria de la Convención de recíproca extradición de reos entre la República y los Estados Unidos de América
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.