§. No obstante esta disposición, las espropiaciones de ganado i cualesquiera otras que se hayan hecho o se hagan por vía de hostilidad a los enemigos armados del Gobierno o a los que hayan tomado o tengan parte en la revolución, ya sean nacionales o estranjeros, se imputarán a los gastos de guerra con que dichos enemigos deben contribuir.
Ley 51 de 1877 →Vigente
Artículo 2
Ley 51 de 1877 · Que aclara la 11ª del presente año, sobre autorizaciones al Poder Ejecutivo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.