Micelio

Artículo 3

Ley 124 de 1890 · sobre sucesión abintestato de extranjeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° En la práctica de todas estas diligencias, los Jueces procederán de oficio, asociados de su Secretaria y de dos testigos que nombrarán entre los vecinos más notables, y actuarán en papel común, sin perjuicio de que oportunamente se pague al Tesoro el importe del papel sellado que debiera haberse invertido si se hubiese procedido á solicitud de parte

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 124 de 1890