Micelio

Artículo 5

Ley 66 de 1924 · por la cual se provee a la reconstrucción de la carretera nacional de El Progreso, se destina una suma para el Ferrocarril del Tolima, y se dicta una disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el cobro del impuesto de peajes, en las diferentes secciones de la vía donde está establecido, regirá la tarifa instituida por el artículo 14 de la Ley 95 de 1919 , y los ingresos se aplicarán exclusiva e invariablemente a la conservación de las secciones que los producen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 66 de 1924