Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1269 de 1972 · Por el cual se toman algunas medidas en relación con el ahorro privado y el funcionamiento de las Corporaciones Privadas de Ahorro y Vivienda de que tratan los Decretos números 677 y 678 de mayo 2 de 1972

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Cuando el capital suscrito exceda del indicado en el artículo 9º del Decreto 678 de 1972, o cuando una Corporación de Ahorro y Vivienda decrete un aumento de su capital, se procederá, en lo relativo a la parte que exceda el capital mínimo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 45 de 1923.

Parágrafo

Los pagos del capital y sus aumentos se harán en moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1269 de 1972