Micelio

Artículo 14

Resolucion 100-002466 de 2022 · Por medio de la cual se modifican, compilan y unifican órganos de asesoría y coordinación de la Superintendencia de Sociedades, en los que participa el Superintendente de Sociedades o su delegado EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 26, 34, 41, 42 y 43 del artículo 8, el Decreto 1736

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conformación. El Comité de Conciliación y Defensa Judicial estará conformado por los siguientes funcionarios: Con voz y voto:

1. El Superintendente de Sociedades o su delegado, quien lo presidirá.

2. El Secretario General.

3. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

4. El Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios, y

5. El Superintendente Delegado de Supervisión Societaria. Con voz:

1. El Jefe de la Oficina de Control Interno.

2. Los funcionarios que por su condición jerárquica y funcional deban asistir según el caso concreto.

3. El apoderado que represente los intereses de la Entidad en cada caso.

4. El secretario técnico del comité. Asistirán en calidad de invitados, los demás funcionarios que sean necesarios para el desarrollo de la respectiva reunión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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