Aceptación de causales. procedimiento. Cuando la Corte aceptare como justificadas alguna o algunas de las causales propuestas, procederá así:
Si la causal aceptada fuere la primera o la segunda, casará el fallo y dictará el que deba reemplazarlo;
Si la causal aceptada fuere la tercera, devolverá el proceso, por conducto del Tribunal, al juzgado de origen para que se convoque al nuevo jurado, y
Si la causal aceptada fuere la cuarta, declarará en qué estado queda el proceso y dispondrá que se envíe al Tribunal de origen para que proceda con arreglo a lo resuelto por la Corte.
TEXTO CORRESPONDIENTE A