El Gerente . El Gerente de la Corporación es un empleado público de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República y tiene las siguientes funciones: a) Representar legalmente a la Corporación. b) Realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de los fines de la Corporación, conforme a las disposiciones legales y estatutarias y a los Acuerdos de la Junta Directiva. c) Nombrar y remover, conforme a las normas legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes, el personal al servicio de la Corporación. d) Presentar anualmente, al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Desarrollo Económico, y a la Junta Directiva, los balances generales y un informe sobre la marcha de la Corporación y a la Junta Directiva un balance de prueba durante la primera reunión de cada mes. e) Someter a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto de ingresos, inversiones y gastos y las iniciativas que estime convenientes para el buen funcionamiento de la Corporación, y f) Las demás que le señalen los estatutos y las que, refiriéndose a la marcha de la Corporación, no estén expresamente atribuidas a otra autoridad. | Vigente desde: 26/07/1996 y hasta el: 26/06/1997
Ley 300 de 1996 →Derogado
Artículo 56
Derogado
Ley 300 de 1996 · LEY 300 DE 1996, 26/07/1996, por la cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.