Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. CAPITULO 066 Convenciones Internacionales . 103. Del artículo 0678. Para pagar la cuota de Colombia al Fondo de Asistencia Técnica de las "Naciones Unidas (ONU) 200.800.00 CAPITULO 060 Gabinete del Ministro . 001. Al artículo C-600. Para sueldos del personal del Gabinete del Ministro y gastos de representación del Ministro, en el año 12.000.00 301. Al artículo 0609. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio del Gabinete del Ministro y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores 3.000.00 CAPITULO 061 Secretaría General. 00l. Al artículo 0615. Para sueldos del personal de la Secretaría General y sus dependencias, así: Despacho del Secretario, Subsecretaría de Asuntos Diplomáticos, Departamento Diplomático, Departamento de Organismos Internacionales, Departamento Jurídico, Subsecretaría de Asuntos Económicos, Departamento Consular, Departamento de Inmigración, Departamento de Correspondencia y Archivos y Departamento de Personal, y gastos de representación del Secretario General, Subsecretario de Asuntos Diplomáticos, Subsecretario ,de Asuntos Económicos y Jefe de la Sección de Información y Cultura, en los términos de la ley, en el año 20.000.00 001. Al artículo 0616. Para el pago de indemnizaciones por vacaciones, y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 72 de 1931, reconocidas en la presente vigencia y anteriores 10.000.00 301. Al artículo 0623. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio de la Secretaría General y sus dependencias citadas, en la presente vigencia y anteriores 2.000.00 CAPITULO 062 Departamento de Protocolo. 201. Al artículo 0638. Para reparación, Conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio del Departamento de Protocolo, en la presente vigencia y anteriores 3.000.00 CAPITULO 063 Departamento de Presupuesto. 001. Al artículo 0643. Para sueldos del personal del Departamento de Presupuesto y sus dependencias, en el año 300.00 301. Al artículo 0651. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio del Departamento de Presupuesto en la presente vigencia y anteriores 2.000.00 CAPITULO 064 Servicio Diplomático. 003. Al artículo 0668. Para atender al pago de viáticos y gastos de representación de delegados a congresos, conferencias y reuniones internacionales, en el año 65.000.00 CAPÍTULO 067 Gastos Varios. 003. Al artículo 0684. Para gastos reservados, extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículo precedentes, en la presente vigencia y anteriores 83.500.00 Suman los créditos 200,800.00
Decreto 1857 de 1957 →Vigente
Artículo 0678
Para Pagar La Cuota De Colombia Al Fondo De Asistencia Técnica De Las "naciones Unidas (Onu) 200
Decreto 1857 de 1957 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.