Micelio

Artículo 483

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

OPORTUNIDAD Y COMPETENTE. En los procesos que se sigan por el procedimiento de consejo verbal de guerra es procedente la acumulación, desde que se dicte la resolución de convocatoria hasta la formulación de cuestionarios, y será competente el consejo verbal de guerra que se haya convocado primero. En el procedimiento especial, desde el auto cabeza del proceso hasta la ejecutoria del auto de traslado a las partes, y será competente el juez que primero lo haya dictado. Si uno de los delitos materia de acumulación está sometido al procedimiento de los consejos verbales de guerra y otro u otros no, se seguirá el trámite correspondiente a aquél.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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