° El Gobierno pondrá á órdenes de la Junta la suma de $ 6,000 para erigir en la ciudad de Guaduas, patria de la heroína, el monumento ordenado por la Ley 15 de 1894, de acuerdo por la Ley 15 de 1894, de acuerdo con el proyecto aprobado por este Despacho y con el presupuesto presentado por los peritos. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1241 de 1894 →Vigente
Artículo 3
El Gobierno Pondrá Á Órdenes De La Junta La Suma De $ 6,000 Para Erigir En La Ciudad De Guaduas, Patria De La Heroína, El Monumento Ordenado Por La Ley 15 De 1894, De Acuerdo Por La Ley 15 De 1894, De Acuerdo Con El Proyecto Aprobado Por Este Despacho Y Con El Presupuesto Presentado Por Los Peritos
Decreto 1241 de 1894 · Sobre celebración del centenario de Poliparca Salabarrieta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.