De las normas transitorias. Hasta tanto las Subgerencias de Personal desarrollen la infraestructura y los procedimientos necesarios para que la selección de los candidatos y la provisión de los cargos se haga de conformidad con lo dispuesto en los Decretos - ley 1651 de 1977 y 1313 de 1978, la Subdirección de Personal asesorará en la evaluación de los candidatos a ocupar los cargos creados por el presente Acuerdo y supervisará el cumplimiento de los requisitos y las calidades exigidos.
Para efectos de la asesoría y la supervisión a que se refiere este artículo, los Gerentes Seccionales deberán enviar a la Subdirección de Personal las solicitudes y los documentos de los candidatos. La Subdirección de Personal, en colaboración con las respectivas reparticiones del nivel nacional, deberá, emitir su concepto dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al recibo de los documentos.