Micelio

Artículo 1

Decreto 904 de 1913 · Por el cual se fija una asignación en el Servicio Diplomático

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A contar del 1.° de noviembre próximo en adelante el Secretario de la Legación de Colombia en Venezuela, disfrutara de la asignación de trescientos pesos ($ 300) oro mensuales.

Parágrafo

Durante el tiempo que dicho Secretario esté encargado de la Legación tendrá derecho al sobresueldo que le fija la ley. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 904 de 1913